Introducción
El concepto de necesidades educativas especiales (NEE) data de los años 70 pero fue popularizado en los 80 por el Informe Warnock, elaborado por la Secretaría de Educación del Reino Unido en 1978. La novedad de este concepto radica en que pretende hacer hincapié en los apoyos y ayudas que el alumno necesita, más que en un carácter pretendidamente diferenciado de la educación especial. Fue introducido en la ley española de educación de 1990, o Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE) aunque forma parte de diversos contextos en todo el planeta.
Definición La mayoría de personas que son estudiantes presentan necesidades educativas, pero algunos estudiantes o personas presentan necesidades educativas especiales. Estas tienen un carácter dinámico, ya que aparecen entre las características propias del sujeto y lo que entrega el sistema o programa de estudio. Las NEE no están siempre relacionadas con una dificultad de aprendizaje, también pueden presentarse porque el alumno capta y aprende demasiado rápido, por lo que necesita estar avanzando y aprendiendo más cosas que los demás. Para ambos casos, deben realizarse adaptaciones curriculares y buscar la metodología o estrategia de trabajo adecuada para poder satisfacer aquellas necesidades educativas especiales.
La ley educativa vigente en España, LOMCE 8/2013 de 9 de diciembre, Ley para la Mejora de la Calidad Educativa, que modifica en su Artículo Único a la LOE 2/2006 del 3 de mayo, Ley Orgánica de Educación, aún vigente, aborda en su título II los ACNEAE (Alumnos con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo), es decir, al alumnado que presenta «Necesidades educativas especiales, dificultades específicas de aprendizaje, altas capacidades intelectuales, tardía incorporación al sistema educativo, condiciones personales o historia escolar específica...» (artículo 71.2).
El alumnado con necesidades educativas especiales es aquel que requiera, por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta (artículo 73).
Esta definición es actualizada con las nuevas Instrucciones de 8 de marzo de 2017, en las que se hace referencia a este como: "aquel que requiere, por un período de su escolarización o a lo largo de toda ella, atención específica, derivadas de diferentes grados y tipos de capacidades personales de orden físico, psíquico, cognitivo o sensorial".
Según la LOMLOE (Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación), se entiende por alumnado que presenta necesidades educativas especiales, aquel que afronta barreras que limitan su acceso, presencia, participación o aprendizaje, derivadas de discapacidad o de trastornos graves de conducta, de la comunicación y del lenguaje, por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, y que requiere determinados apoyos y atenciones educativas específicas para la consecución de los objetivos de aprendizaje adecuados a su desarrollo.
La discapacidad intelectual implica una serie de limitaciones en las habilidades que la persona aprende para funcionar en su vida diaria y que le permiten responder ante distintas situaciones y lugares. A las personas con discapacidad intelectual les cuesta más que a los demás aprender, comprender y comunicarse. La discapacidad intelectual no siempre es permanente, es decir, ni para toda la vida, con trabajo terapéutico y atenciones pertinentes de los especialistas adecuados se pueden lograr grandes avances y tiene un impacto importante en la vida de la persona y de su familia.
La superdotación intelectual es definida por Joseph Renzulli (1994) como por la posesión de tres conjuntos básicos de características estrechamente relacionadas y con un igual énfasis en cada una de ellas: Una capacidad intelectual superior a la media, en relación tanto a habilidades generales como específicas. Un alto grado de dedicación a las tareas refiriéndose a perseverancia, resistencia, conocimiento, muestran más eficacia en el empleo de procesos metacognitivos. Tienen una capacidad superior para resolver problemas de gran complejidad, aplicando el conocimiento que ya poseen y sus propias habilidades de razonamiento. Poseen una gran habilidad para abstraer, conceptualizar, sintetizar, así como para razonar, argumentar y preguntar. Presentan gran curiosidad y un deseo constante sobre el por qué de las cosas, así como una variedad extensa de intereses. Tienen una alta memoria. Presentan un desarrollo madurativo precoz y elevado en habilidades perceptivo-motrices, atencionales, comunicativas y lingüísticas.
Los casos de «altas capacidades intelectuales» (superdotados) también se consideran como personas con necesidades específicas de apoyo educativo, ya que en este caso, los contenidos curriculares suelen resultar fácil o incluso aburridos para este alumnado, que tiene mayor capacidad.
Por ello se proponen como soluciones: Aceleración: El alumno es avanzado un curso, para compensar su mayor capacidad. A veces es necesario más de una aceleración. Adaptación curricular: El alumno trabaja en programas para complementar sus estudios normales. Asimismo, son consideradas como las modificaciones que se efectúan sobre el currículo ordinario, necesarias para dar respuesta a la necesidad de aprendizaje de cada alumno.
Así como existe una necesidad educativa especial (NEE) asociada a discapacidad intelectual, existen más ejemplos de ello:
NEE asociada a discapacidad física NEE asociada a discapacidad auditiva NEE asociada a discapacidad visual NEE asociada a trastornos del espectro autista NEE asociada a trastornos graves de conducta NEE asociada a trastornos graves del desarrollo NEE asociada a trastornos de la comunicación NEE asociada a trastornos por déficit de atención con o sin hiperactividad NEE asociada a otros trastornos mentales
Integración educativa La integración o inclusión educativa es un proceso, a través del cual, las escuelas regulares van buscando y generando los apoyos que requiere el alumnado con dificultades de aprendizaje, necesidades educativas especiales o con alguna discapacidad. Para integrar a los estudiantes con NEE hay que identificar las diferencias individuales del estudiante (en qué lugar de la escalera del desarrollo se encuentra, desafíos biológicos, patrones familiares, etc.); de esa manera se podrá crear objetivos individuales según las necesidades de cada estudiante. El estudiante con NEE presenta condiciones de aprendizaje diferentes o dificultades en el aprendizaje mayores que el promedio de los alumnos, lo que le dificulta o impide acceder al currículo que le corresponde por su edad, de forma que requiere para compensar dichas diferencias, adecuaciones en una o varias áreas del currículo. Por lo tanto hace referencia a la interacción entre la persona que aprende y su entorno.
Recorrido histórico Las diferentes categorías de la Educación Especial aparecieron cuando ocurrieron los cambios en el campo de dificultades de aprendizaje. La evolución de la terminología llegó como su propia categoría por parte de las preocupaciones de los padres y los profesores quienes pensaban que los alumnos con dificultades de aprendizaje deben ser separados de los alumnos con necesidades educativas. Desde esta opinión, llegaron evaluaciones para detectar un trastorno y por eso la necesidad de tener escuelas separadas para los alumnos quienes no coinciden con el desarrollo normal en los test. Además, es una extensión del concepto de la educación especial que fue más conocido durante la primera mitad del siglo XX. Cuando la mitad del siglo llegó, el concepto de la educación especial movió afuera de los trastornos y tuvo más en cuenta las influencias sociales y culturales. Con estos cambios las Necesidades Educativas Especiales lograron como su propia categoría de dificultades de aprendizaje y separó de la educación especial.Aguilera, Antonio. Introducción a Las Dificultades Del Aprendizaje. (2004). Madrid [etc.]: McGraw Hill/Interamericana de España, pp.186. También después de los años sesenta y setenta, Marchesi propuso diez factores que fueron determinantes por el término «necesidades educativas especiales» a causa de los cambios que habían ocurrido. Algunos incluyen la concepción de los trastornos y los procesos del desarrollo, las experiencias con la integración y los movimientos por la igualdad. La evolución de la terminología puede ser caracterizada por las siguientes etapas: «el modelo clínico tradicional, el paradigma de la rehabilitación y, más recientemente, el paradigma de la autonomía personal…»Aguilera, Antonio. Introducción a Las Dificultades Del Aprendizaje. (2004). Madrid [etc.]: McGraw Hill/Interamericana de España, pp.187. En general hay una ampliación del concepto como algo más inclusivo de la diversidad y que continuamente está desarrollándose.
Desarrollo histórico de las necesidades educativas especiales a causa de las leyes No fue hasta los años sesenta en cuando el término «Necesidades Educativas Especiales» fue utilizado en Europa después de su éxito en Norteamérica y por parte de los siguientes leyes:Juan CarlosR. Ministerio de Educación y Ciencia. Real Decreto de ordenación de la educación de los alumnos con necesidades educativas especiales. Real Decreto 696/1995, de 28 de abril. BOE número 131 de 2 de junio de 1995, pp.16179-16185. Real decreto 334/85 de 6 de marzo, de Ordenación de la Educación Especial: Provee las medidas por «… la progresiva transformación del sistema educativo con objeto de garantizar que los alumnos con necesidades especiales puedan alcanzar en el máximo grado posible…». Ley Orgánica 1/90 de 3 de octubre de Ordenación General del Sistema Educativo: Establecido antes de la de la educación, requiere que la educación es obligatoria hasta los 16 años. Pero más importante es como, «… fomenta una formación personalizada que propicia la educación integral en conocimientos, destrezas y valores de los alumnos, ateniendo a la diversidad de capacidades, interese y motivaciones de los mismos». La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación: Presente maneras de proveer recursos a los alumnos para garantizar la escolarización. Por ejemplo, las Administraciones educativas requiere que, «… asegurar los recursos necesarios para que los alumnos y alumnas que requieran una atención educativa diferente a la ordinaria…pueden alcanzar al máximo desarrollo posible…» (LOE cap.1). También integra a los padres en la discusión y las decisiones sobre la educación de sus hijos con necesidades educativas especiales. Una parte principal del Artículo 74 es que la escolarización, «… asegurará su no discriminación y la igualdad efectiva en el acceso y la permanencia en el sistema educativo, pudiendo introducirse medidas de flexibilización de las distintas etapas educativas…» (LOE cap.1).
Educación y NEE