miniatura|Bandera del nacionalismo vasco denominada Ikurriña. En la actualidad es la bandera oficial de la comunidad autónoma del País Vasco La historia del nacionalismo vasco comienza en 1892 con la proclama Bizkaya por su independencia de Sabino Arana, quien tres años después fundaba el Partido Nacionalista Vasco (EAJ-PNV), fuerza política hegemónica del nacionalismo vasco a lo largo de sus más de cien años de existencia, aunque en el está siendo disputada por la izquierda abertzale. Surgió en el Bilbao de finales del en un contexto de cambios socioeconómicos desencadenados por la industrialización y de efervescencia fuerista desatada a raíz de la ley de 21 de julio de 1876 «abolitoria» de los fueros de las provincias vascongadas. Sabino Arana hizo de la «raza vasca» y de la religión católica la esencia de la nación vasca, a la que bautizó con el nombre de Euzkadi. Posteriormente fue el euskera la principal seña de identidad nacional vasca.
Antecedentes Del final de la Guerra de Sucesión a la Ley de Confirmación de fueros (1714-1839)
A lo largo del fueron en aumento las tensiones entre la Monarquía de los Borbones y las denominadas provincias exentas (las provincias de Álava y de Guipúzcoa, el Señorío de Vizcaya y el Reino de Navarra, que fueron los únicos territorios de España que, a diferencia de los de la Corona de Aragón que perdieron sus leyes e instituciones, los mantuvieron al no haberse rebelado contra Felipe V durante la guerra de sucesión española) porque sus privilegios chocaban con el modelo de Estado centralizado y absolutista que estaba construyendo la nueva dinastía tras los Decretos de Nueva Planta (1707-1716). thumb|Monumento erigido en 1966 en Andoain al jesuita guipuzcoano Manuel Larramendi. El nacionalismo vasco lo consideró cien años después de su muerte en 1766 un precursor ideológico de Sabino Arana. En la defensa de la foralidad destacó el jesuita guipuzcoano Manuel Larramendi que habló de la existencia de la «nación vascongada» como la «primitiva pobladora de España» y llegó a imaginar la posibilidad de crear un Estado vasco, que incluiría también a las provincias francesas y que por esta razón llevaría por nombre Provincias Unidas del Pirineo, «al modo holandés», por lo que el nacionalismo vasco lo considerará más de un siglo después como un precursor ideológico de Sabino Arana.
En 1780 el alavés Landázuri habla de «país bascongado» (entendiendo "país" como "región") y en 1801, el investigador alemán Humboldt recorre la región y la reconoce expresamente como «nación vasca»:
Durante la guerra de la Independencia española (1808-1814), el senador vascofrancés Dominique Joseph Garat le planteó a Napoleón la constitución de un Estado vasco satélite del Imperio francés que estaría integrado por las provincias vascas españolas y francesas y que llevaría por nombre Nueva Fenicia (al creer Garat que la lengua y la cultura vascas derivaban de los fenicios). Napoleón no le hizo ningún caso aunque sustrajo a Vizcaya (que englobaba también a Álava y Guipúzcoa) y a Navarra del gobierno de su hermano José I Bonaparte. En la propuesta de Garat los territorios de ambos lados de los Pirineos se agruparían en dos departamentos, Nueva Tiro y Nueva Sidón, y la bandera y escudo del Estado vasco serían los del reino de Navarra, que Garat consideraba que eran los de las naves de Tiro.[
Sin embargo, los vascos y navarros en masa le declararon la guerra a los franceses, como reconocerían en el siglo autores nacionalistas como Arturo Campión o Bernardo Estornés Lasa, si bien este último trató de presentar la guerra como un conflicto a tres bandas en el que los vascos simplemente se habrían aliado a los españoles por interés mutuo, lo cual para Jesús Laínz Fernández constituye una falsificación de la historia.
De hecho, en agosto de 1808, en medio de una crisis sin precedentes de la monarquía española, cuando los mecanismos del Estado habían dejado de funcionar, en lugar de aprovechar la coyuntura para declarar su independencia, la Junta de Gobierno de Vizcaya manifestó su patriotismo español y dirigió una proclama «a los demás españoles» en la que afirmaba:
Según el clérigo liberal Francisco Martínez Marina, la Constitución de 1812 aprobada por las Cortes de Cádiz «se inspiraba en el espíritu de las antiguas leyes y fueros españoles», pero no contemplaba privilegios especiales para las provincias vascongadas, por lo que se entendía que quedaban abolidos como las demás instituciones del Antiguo Régimen. Sin embargo, según el autor de la segunda mitad del José María Angulo y Hormaza, la Constitución fue bien acogida en las Provincias Vascongadas, creyéndola igual al espíritu del fuero, pero después perdió la simpatías de la mayoría, se acentuaron las reservas de las Juntas respecto a ella y comenzó a ser el símbolo del liberalismo español. De hecho, durante el Trienio hubo sectores sociales vascos y navarros que se negaron a jurarla y se sumaron a las filas realistas, aunque no esgrimieron la causa foral como argumento para sumarse a la «contrarrevolución». Lo mismo sucederá cuando, tras la muerte de Fernando VII en 1833, estalle la primera guerra carlista, durante la cual el País Vasco y Navarra constituirán su principal teatro de operaciones. Habrá una minoría de vascos y de navarros que luchen del lado liberal «isabelino», fundamentalmente los habitantes de las ciudades ―singularmente Bilbao y San Sebastián―, y una mayoría, los sectores rurales, del lado absolutista «carlista», sin que de nuevo la cuestión foral aparezca entre los motivos de su levantamiento.
Durante la primera guerra carlista (1833-1840) los partidarios de don Carlos en Vascongadas y Navarra no plantearon ninguna disputa regional con el resto de España. De hecho, al aparecer en el territorio el vascofrancés Augustin Chaho, «uno de los primeros que citaron al País Vasco como una nación oprimida por España y luchando por su independencia»,La creación de la identidad vasca a través de los símbolos culturales en época contemporánea, Seminar on Southern Europe, St Antony's College, European Studies Centre, Universidad de Oxford, 15 de febrero de 1999, Javier Díaz Noci los carlistas ordenaron su expulsión a Francia mediante Real Orden del 8 de abril de 1835, tras haber sido instado cuatro días antes por otra Real Orden a que manifestase por escrito y en pliego cerrado sus circunstancias personales y el objeto de su venida. Según Martín Ugalde, los que rodeaban a don Carlos fueron quienes lo sacaron de Navarra, inquietos de sus ideas. De acuerdo con José Antonio Vaca de Osma, en cambio, fue el propio general Zumalacárregui quien expulsó a Chaho con cajas destempladas.
Fue en la última etapa de la guerra cuando los carlistas sumaron a su causa ―sintetizada en el lema «Dios, Patria, Rey»― la defensa de los fueros vascos y navarros sobre todo después de que el gobierno liberal progresista de Madrid, tras la aprobación de la Constitución española de 1837 (que como la de 1812 tampoco contemplaba los fueros), hubiera suprimido las Diputaciones forales por decreto de 19 de septiembre de 1837. Por su parte los liberales del Partido Moderado, opuesto al Partido Progresista, apoyaron la alternativa de «Paz y Fueros» de José Antonio Muñagorri que proponía quitarle a los carlistas la bandera de los fueros y poner fin así a la guerra.
La idea de «Paz y Fueros» estuvo detrás del llamado «abrazo de Vergara» que en agosto de 1839 se dieron el general Baldomero Espartero, jefe de las fuerzas «isabelinas», y el general carlista Rafael Maroto, y que puso fin a la guerra civil en el País Vasco y en Navarra. En el artículo 1.º del Convenio de Vergara acordado por los dos generales, se decía que «el Capitán general D. Baldomero Espartero, recomendará con interés al Gobierno el cumplimiento de su oferta, de comprometerse formalmente á proponer a las Cortes la concesión o modificación de los fueros» vascos y navarros. Dos años antes, en la «proclama de Hernani» de 19 de mayo de 1837, Espartero ya había garantizado a los vascos el disfrute de sus fueros: «Yo os aseguro que estos fueros que habéis temido perder, os serán conservados, y que jamás se ha pensado despojaros de ellos».
De las Ley de Confirmación de Fueros a la Ley abolitoria de los fueros (1839-1876)
Dos meses después del «abrazo de Vergara» las Cortes aprobaban la llamada Ley de Confirmación de Fueros de 25 de octubre de 1839 que efectivamente reconocía los fueros vascos y navarros, pero añadiendo la acotación «sin perjuicio de la unidad jurisdiccional de la Monarquía», lo que dará lugar a una gran controversia. Como ha señalado Luis Castells la ley «se prestaba a equívocos» porque «admitía diversas lecturas». «Los partidarios del statu quo tanto en los medios vascos como gubernamentales pusieron el acento en la parte que hablaba de que se confirman los Fueros, mientras que sus oponentes replicaban que quedaba por desarrollar la parte del texto que hablaba de la modificación indispensable de los Fueros, conforme al principio de unidad constitucional».
En Navarra se llegó rápidamente a un acuerdo para la aplicación de la ley ―el llamado «arreglo foral»― entre la Diputación y el Gobierno central, que se convirtió en la ley de modificación de los Fueros de Navarra de 16 de agosto de 1841. «Esta mal llamada ley paccionada supuso la desaparición de casi todo su antiguo régimen foral y de las instituciones del Viejo Reino, convertido en provincia; pero, al mismo tiempo, permitió el surgimiento de una nueva foralidad, que se sustentaba en el reforzamiento de la Diputación provincial (luego rebautizada como foral) y el Convenio Económico con el Estado, muy beneficioso para Navarra. Dicha ley (vigente hasta la Ley de Amejoramiento del Fuero de 1982) le otorgó una gran estabilidad institucional, de modo que no cabe hablar de un problema navarro en el siglo XIX». thumb|left|Mapa político de España en 1850, según Francisco Jorge Torres Villegas. Distingue entre la España uniforme o puramente constitucional (la antigua Corona de Castilla), la España incorporada o asimilada (la antigua Corona de Aragón), la España foral (Álava, Guipúzcoa, Vizcaya y Navarra, «cuatro provincias exentas o forales que conservan su régimen especial diferente de las demás») y la España colonial (Posesiones de África, Cuba, Puerto Rico y Filipinas).
En cambio en Álava, Guipúzcoa y Vizcaya no se llegó a alcanzar ningún acuerdo sobre el «arreglo foral», por lo que su situación legal fue bastante peculiar: las Juntas y Diputaciones forales siguieron existiendo ―incrementando sus competencias sobre los municipios―, así como la exención de quintas y de impuestos (en estos dos aspectos «las provincias forales fueron más exentas que nunca», ha advertido José Luis de la Granja).
Un Real Decreto de 4 de julio de 1844 introdujo algunas modificaciones importantes (se puso fin a la justicia propia, las aduanas fueron trasladadas a la costa y a la frontera, se suprimió el «pase foral», etc.), pero, como ha indicado Luis Castells, «dejó subsistente una parte sustancial del entramado que venía caracterizando al régimen foral de las provincias vascas. Permanecieron sus instituciones propias (Juntas Generales, Diputaciones), con notables competencias, siguió sin contribuirse a la Hacienda Pública y sin enviar hombres al servicio de armas; es decir, el País Vasco mantuvo un alto grado de autonomía y un techo competencial muy elevado. [...] .
A los liberales moderados vascos partidarios de mantener la situación a medio camino entre el régimen foral y la Constitución se les llamó «fueristas» ―su divisa era precisamente «Fueros y Constitución»―. Ellos fueron los que llevaron a cabo la táctica dilatoria para impedir que se aprobara una ley similar a la de Navarra de 1841, postergando así indefinidamente el «arreglo foral» y «esgrimiendo el argumento carlista como chantaje (el peligro de una nueva guerra carlista)».