El Tribunal Constitucional de Chile es un órgano jurisdiccional del Estado chileno, tribunal colegiado, autónomo e independiente de toda otra autoridad o poder, cuya función principal es ejercer el control de constitucionalidad de las leyes. Está compuesto por diez miembros, denominados ministros titulares, uno de los cuales es su presidente, y dos ministros suplentes.

Creado originalmente por una reforma constitucional a la Constitución de 1925, del 23 de enero de 1970, fue disuelto por el decreto ley N.º 119 del 10 de noviembre de 1973, emanado de la junta militar de Gobierno. La Constitución de 1980 lo repuso como organismo constitucional nacional, siendo modificado en forma sustancial, mediante la reforma constitucional de 2005.

El tribunal solo puede ejercer su jurisdicción a requerimiento de las personas y los órganos constitucionales legitimados, o de oficio, de conformidad a la Constitución Política de la República y la ley orgánica constitucional respectiva. En contra de sus resoluciones no procede recurso alguno, sin perjuicio de que puede, el mismo Tribunal, conforme a la ley, rectificar los errores de hecho en que hubiere incurrido.

Entre 1971 y 1973 su sede se encontró en el entrepiso del edificio de la Caja Autónoma de Amortización, ubicado en la vereda oeste de la calle Bandera. A partir de 1981 sesionó en una sala del tercer piso del palacio del ex Congreso Nacional de Chile, trasladándose en 1989 al sexto piso de la calle Morandé N.° 322. Entre diciembre de 2000 y 2012 ocupó la Casa de Velasco y luego se trasladó temporalmente al edificio corporativo de Apoquindo N.º 4700, en la comuna de Las Condes, mientras se realizaban las adecuaciones necesarias para su sede definitiva, ubicada desde 2015 en calle Huérfanos N.º 1234, comuna de Santiago, en el edificio de la ex Caja de Crédito Hipotecario.

Funciones thumb|left|Guardia de palacio de la Gendarmería del Tribunal Constitucional. thumb|Sede provisioria del Tribunal Constitucional desde 2012 y hasta el 31 de agosto de 2016. thumb|Sello del Tribunal Constitucional de la sede provisoria en la Casa de Velasco, que fuera su sede entre 2000 y 2012. Según la Constitución de Chile, las funciones del Tribunal Constitucional, desde 2005, son las siguientes:

Ejercer el control de constitucionalidad de las leyes interpretativas, de algún precepto de la Constitución, de las leyes orgánicas constitucionales y de las normas de un tratado internacional que versen sobre materias propias de estas últimas, antes de su promulgación. El Congreso de Chile le enviará las mismas en los cinco días posteriores a su promulgación. Resolver sobre las cuestiones de constitucionalidad de los autos acordados dictados por la Corte Suprema de Chile, las Cortes de Apelaciones y el Tribunal Calificador de Elecciones a requerimiento del Presidente de Chile, de cualquiera de las Cámaras del Congreso Nacional de Chile o de diez de sus miembros. Asimismo, puede requerir al Tribunal toda persona que sea parte en juicio, cuando sea afectada en el ejercicio de sus derechos fundamentales por lo dispuesto en el respectivo auto. Resolver las cuestiones sobre constitucionalidad que se susciten durante la tramitación de los proyectos de ley o de reforma constitucional y de los tratados sometidos a la aprobación del Congreso a requerimiento del presidente de la República, de cualquiera de las Cámaras o de una cuarta parte de los parlamentarios. Resolver las cuestiones que se susciten sobre la constitucionalidad de un decreto con fuerza de ley a requerimiento del Presidente. Resolver sobre la constitucionalidad de un decreto o resolución del presidente de la República que la Contraloría General de la República haya representado por estimarlo inconstitucional, cuando sea requerido por el presidente. Resolver sobre la constitucionalidad de los decretos supremos. Resolver las cuestiones que se susciten sobre constitucionalidad con relación a la convocatoria a un plebiscito, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan al Tribunal Calificador de Elecciones, si así lo requiere el Senado o la Cámara de Diputados. Resolver, por la mayoría de sus miembros en ejercicio, la inaplicabilidad de un precepto legal cuya aplicación en cualquier gestión que se siga ante un tribunal ordinario o especial, resulte contraria a la Constitución. Resolver, por mayoría de los cuatro quintos de sus integrantes en ejercicio, puede resolver la inconstitucionalidad de un precepto legal declarado inaplicable en conformidad a lo dispuesto en el numeral anterior. Resolver los reclamos en caso de que el presidente de la República no promulgue una ley cuando deba hacerlo o promulgue un texto diverso del que constitucionalmente corresponda. Informar al Senado para que esta corporación declare la inhabilidad del presidente de la República o del Presidente electo cuando un impedimento físico o mental lo inhabilite para el ejercicio de sus funciones o para que declare la procedencia o improcedencia de los motivos que originen la dimisión del presidente de la República. Declarar la inconstitucionalidad de las organizaciones y de los movimientos o partidos políticos, como asimismo la responsabilidad de las personas que hubieran tenido participación en los hechos que motivaron la declaración de inconstitucionalidad, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 19 de esta Constitución. Sin embargo, si la persona afectada fuera el presidente de la República o el presidente electo, la referida declaración requerirá, además, el acuerdo del Senado adoptado por la mayoría de sus miembros en ejercicio. Resolver las contiendas de competencia que se susciten entre las autoridades políticas o administrativas y los tribunales de justicia, que no correspondan al Senado. Resolver sobre las inhabilidades que afecten a una persona para ser designada ministro de Estado, permanecer en dicho cargo o desempeñar simultáneamente otras funciones. También se pronunciará sobre las inhabilidades, incompatibilidades y causas de cese en el cargo de los parlamentarios.

Sistema de elección A partir de las reformas constitucionales de 2005, se les asignaron a los otros poderes del Estado mayor capacidad en la designación de los miembros de este tribunal, que pasó a quedar integrado por:

3 miembros elegidos por la Corte Suprema en votación secreta; 3 miembros designados por el presidente de la República; 2 miembros elegidos por el Senado (por los 2/3 de los miembros en ejercicio); 2 miembros propuestos por la Cámara de Diputados y confirmados por el Senado (por los 2/3 de los miembros en ejercicio, en ambas instancias).

Los ministros del Tribunal Constitucional deben cumplir ciertos requisitos: deben tener a lo menos 15 años de ejercicio de la abogacía, haberse destacado en la actividad profesional, universitaria o pública y no tener ningún impedimento que los inhabilite como jueces.

Los ministros duran 9 años en sus cargos y se renuevan por parcialidades cada 3 años. Son inamovibles en sus cargos. El puesto de ministro del Tribunal Constitucional es incompatible con los mandatos de diputado o senador.

Hasta antes de la reforma del año 2005 a la Constitución de 1980, el Tribunal Constitucional estaba compuesto por 7 miembros (que tienen el tratamiento de ministros). Eran ministros del Tribunal Constitucional, 3 ministros de la Corte Suprema (elegidos por ella misma, por mayoría absoluta de sus miembros, en votaciones sucesivas y secretas), 1 abogado designado por el presidente de la República, 1 abogado elegido por el Senado (por mayoría absoluta de los senadores en ejercicio), y 2 abogados elegidos por el Consejo de Seguridad Nacional.

Composición actual

Nombre Nombrado por Inicio período Término período NotasMiguel Ángel Fernández GonzálezPresidente de la República30 de julio de 201830 de julio de 2027Designado por el presidente Sebastián Piñera.Daniela Marzi MuñozPresidente de la República9 de mayo de 20229 de mayo de 2031Designada por el presidente Gabriel Boric. Actual presidenta del Tribunal Constitucional.Nancy Yáñez FuenzalidaPresidente de la República9 de mayo de 20229 de mayo de 2031Designada por el presidente Gabriel Boric.Héctor Mery RomeroSenado18 de enero de 202418 de enero de 2033Designado por el Senado en 2024Catalina Lagos TschorneSenado18 de enero de 202418 de enero de 2033Designado por el Senado en 2024Marcela Peredo RojasCámara de Diputados18 de enero de 202418 de enero de 2033Designada por la Cámara de Diputados en 2024Alejandra Precht RorrisCámara de Diputados25 de enero de 202425 de enero de 2033Designada por la Cámara de Diputados en 2024Mario Gómez MontoyaCorte Suprema8 de noviembre de 202428 de julio del 2029Elegido por el Pleno de la Corte Suprema el 28 de octubre de 2024.María Pía Silva GallinatoCorte Suprema3 de julio de 20183 de julio de 2027Elegida por el Pleno de la Corte Suprema el 25 de junio de 2018.Raúl Mera MuñozCorte Suprema30 de agosto de 202330 de agosto de 2030Elegido por el Pleno de la Corte Suprema, previo concurso público, para completar el periodo del ministro Rodrigo Pica Flores, quien falleció el 23 de junio de 2023.

Lista histórica de ministros titulares

Nombre Período Nombramiento Jacobo Schaulsohn Numhauser 1971-1972 Ramiro Méndez Brañas 1971-1972 Adolfo Veloso Figueroa 1971-1973 Enrique Silva Cimma 1971-1973 Rafael Retamal López 1971-1973 Israel Bórquez Montero 1972-1973, 1981-1985 Corte Suprema (1981-1985) Enrique Correa Labra 1981-1985 Corte Suprema José Vergara Vicuña 1981-1985 Augusto Pinochet Julio Philippi Izquierdo 1981-1987 Enrique Ortúzar Escobar 1981-1989 Consejo de Seguridad Nacional José María Eyzaguirre Echeverría 1981-1989 Corte Suprema Eugenio Valenzuela Somarriva 1981-1989 Consejo de Seguridad Nacional Miguel Ibáñez Barceló 1985-1985 Augusto Pinochet Eduardo Urzúa Merino 1985-1991 Augusto Pinochet Luis Maldonado Boggiano 1985-1991 Marcos Aburto Ochoa 1985-1997 Corte Suprema Manuel Jiménez Bulnes 1988-1997 Augusto Pinochet Hernán Cereceda Bravo 1989-1993 Corte Suprema Ricardo García Rodríguez 1989-1997 Luz Bulnes Aldunate 1989-2002 Consejo de Seguridad Nacional Eugenio Velasco Letelier 1991-1993 Presidente de la República, Patricio Aylwin Osvaldo Faúndez Vallejos 1991-2001 Corte Suprema Servando Jordán López 1993-2002 Corte Suprema Juan Colombo Campbell 1993-2010 Presidente de la República, Patricio Aylwin (1993-2001)Consejo de Seguridad Nacional (2001-2005, 2005-2010) Mario Verdugo Marinkovic 1997-2001 Consejo de Seguridad Nacional Hernán Álvarez García 1997-2005 Corte Suprema Eugenio Valenzuela Somarriva 1997-2006 Senado Juan Agustín Figueroa Yávar 2001-2006 Presidente de la República, Ricardo Lagos Marcos Libedinsky Tschorne 2001-2006 Corte Suprema Eleodoro Ortiz Sepúlveda 2002-2006 Corte Suprema José Luis Cea Egaña 2002-2010 Consejo de Seguridad Nacional Urbano Marín Vallejo 2005-2006 Corte Suprema Jorge Correa Sutil 2006-2009 Presidente de la República, Ricardo Lagos Mario Fernández Baeza 2006-2011 Senado Enrique Navarro Beltrán 2006-2012 Corte Suprema Marcelo Venegas Palacios 2006-2013 Senado Raúl Bertelsen Repetto 2006-2015 Senado Hernán Vodanovic Schnake 2006-2015 SenadoFrancisco Fernández Fredes2006-2015Corte SupremaCarlos Carmona Santander2009-2018Presidente de la República, Michelle BacheletMarisol Peña Torres2006-2018Corte SupremaJosé Antonio Viera-Gallo Quesney2010-2013Presidente de la República, Michelle BacheletIván Aróstica Maldonado2010-2022Presidente de la República, Sebastián PiñeraGonzalo García Pino2011-2022Senado (2011-2013)Cámara de Diputados con acuerdo del Senado (2013-2022)Domingo Hernández Emparanza2012-2020Corte SupremaMaría Luisa Brahm Barril2013-2022Presidente de la República, Sebastián PiñeraJuan José Romero Guzmán2013-2022Cámara de Diputados con acuerdo del SenadoRodrigo Pica Flores2020-2023Corte SupremaCristián Letelier2015-2024Senado de ChileNelson Pozo2015-2024Senado de Chile

Presidentes del Tribunal Constitucional