Las elecciones municipales del 12 de abril de 1931 tuvieron lugar en esta fecha y determinaron el advenimiento de la Segunda República española. No hubo resultados oficiales totales pero la victoria fue para las candidaturas republicano-socialistas que obtuvieron la mayoría de concejales en 42 de las 50 capitales de provincia, así como en la mayoría de las ciudades medianas y pequeñas.
Convocatoria de elecciones
Tras el fracaso del gobierno del general Berenguer para volver a la «normalidad constitucional» después de la caída de la dictadura de Primo de Rivera en enero de 1930, el rey Alfonso XIII decidió nombrar el 17 de febrero de 1931 al almirante Juan Bautista Aznar para que presidiera un gobierno de «concentración monárquica». Este convocó elecciones municipales, en lugar de generales, para el 12 de abril de 1931, según el procedimiento de la ley electoral de 1907, sin tener en cuenta el Estatuto Municipal de 1924, una norma aprobada durante la Dictadura de Primo de Rivera. Debían elegirse unos ochenta mil concejales en todos los ayuntamientos de España, pero lo que estaba en juego era la continuidad de la propia monarquía de la Restauración. El lunes 23 de marzo quedaron restablecidas las garantías constitucionales; se suprimió la censura y se reconoció la plena libertad de reunión y asociación.
Ley electoral Los comicios se rigieron por la Ley electoral de 1907, también conocida como la «Ley Maura». Tenían derecho al voto (que era obligatorio) los varones mayores de 25 años. Una de las características más notables de esta ley era el artículo 29, según el cual, en aquellos distritos en que solo se presentara una única candidatura esta resultaría elegida automáticamente sin necesidad de realizar ninguna votación (artículo del que abusaron los partidos del turno, Conservador y Liberal).
El número de concejales a elegir en cada municipio venía determinado por la población, según establecía la Ley municipal de 1870. Oscilaba entre seis concejales de las localidades con menos de 500 habitantes y cincuenta de las que superaran los 220 000. Excepto los de menos de 500 habitantes que tenían un único distrito, los municipios estaban divididos en distritos con un máximo de diez (que era el caso de nueve ciudades: Madrid, Barcelona, Valencia, Sevilla, Zaragoza, Málaga, Murcia, Bilbao y Granada). Cada distrito (había 12 654 distritos en los 9259 municipios españoles) elegía un determinado número de concejales. Se votaba según el sistema de listas abiertas por lo que cada elector podía entremezclar nombres de diferentes candidaturas y la asignación de concejales se realizaba mediante un sistema electoral mayoritario, lo que se traducía en que el elector no podía votar un número de candidatos igual al correspondiente a cada distrito, sino inferior (en los distritos de tres concejales, el elector solo podía votar a dos; en los de cuatro a tres; en los de cinco y seis a cuatro; y en los de ocho a seis). Así pues en aquellos distritos en los que se presentaban dos candidaturas una de ellas obtenía los dos, tres o cuatro concejales que correspondían a las mayorías, y la otra el uno o los dos que correspondían a las minorías.
Una formación política podía presentar una candidatura al copo, es decir, incluyendo tantos candidatos como concejales correspondieran al distrito. Para ello debía tener seguro que obtendría el doble de votos que sus adversarios y que sería capaz de aleccionar a sus votantes para que repartieran el voto entre sus candidatos. Si alguno de estos dos requisitos no se cumplía podría correr el riesgo de conseguir solo el número de concejales correspondientes a la minoría.
El domingo 5 de abril: la aplicación del artículo 29 Una fecha clave en el proceso electoral era el domingo anterior al de la celebración de las elecciones, porque en ese día se procedía a la presentación de las candidaturas y, lo que era más importante, a la proclamación de vencedores, en aplicación del artículo 29, en aquellos distritos en los que solo se hubiera presentado una única candidatura. Y eso fue lo que sucedió el domingo 5 de abril: fueron proclamados casi treinta mil concejales (29 804), el 37 % del total de los 81 099 que se debían elegir. De esta forma 1 100 000 electores, de un total de 5 500 000, fueron privados de su derecho al voto. En su inmensa mayoría se trataba de municipios con menos de 500 habitantes. Hubo provincias (como Ávila, Pontevedra, Salamanca, Teruel, Santa Cruz de Tenerife y Valladolid) en las que el número de concejales proclamados por el artículo 29 igualaba al número de concejales que quedaban por elegir y en otras incluso los superaba (como Gerona, Navarra, Lérida, Cuenca, Huesca y Las Palmas).
Sobre la adscripción política de estos concejales proclamados por el artículo 29 conocemos los datos proporcionados el 9 de abril por el ministro de la Gobernación, José María de Hoyos y Vinent, marqués de Hoyos, sobre 13 852 de ellos: 12 587 (el 91 %) serían monárquicos y 1265 republicano-socialistas. Dos días más tarde, el 11 de abril, el ministerio informaba de que 14 018 de los concejales proclamados por el artículo 29 eran monárquicos y 1832 republicano-socialistas. El propio marqués de Hoyos era consciente de que aún faltaban más de 12 000 concejales por adscribir y se excusó diciendo a los periodistas: «No se extrañen ustedes de esta tardanza en recoger y facilitar los datos, pues en realidad es la primera vez que se realiza esta estadística».
Con estos datos el ministro de Estado, el conde de Romanones, se mostró eufórico destacando que había una proporción de 10 a 1 a favor de los monárquicos y que esperaba que esa misma proporción se diera en las elecciones del domingo. Sin embargo, como ha señalado Carmelo Romero Salvador, «el 5 de abril dejaba preocupantes señales para la causa monárquica que, a buen seguro, a políticos tan avezados como el conde no le pasaron desapercibidas». La primera era que el porcentaje de concejales proclamados por el artículo 29 había disminuido respecto a las anteriores elecciones municipales celebradas en 1922 (se había pasado del 54 % al 37 %), «revelando la merma de capacidad para los arreglos y componendas de la vieja maquinaria caciquil, oxidada tras el largo tiempo de inactividad electoral». La segunda, aún más preocupante, era que ningún concejal de las capitales de provincia (1657) había sido proclamado por el artículo 29 y en todos sus distritos (336) se habían presentado candidaturas republicano-socialistas (mientras que en 1922 habían sido proclamados 105 concejales de las capitales de provincia por el artículo 29).
La campaña electoral: el plebiscito sobre monarquía o república
Desde el primer momento las elecciones municipales del 12 de abril fueron consideradas como un plebiscito sobre la continuidad de la monarquía de Alfonso XIII. Eran las primeras elecciones que se celebraban después de los ocho años de la dictadura de Primo de Rivera y de la dictablanda de Dámaso Berenguer, por lo que «serían, qué duda cabe, el primer indicador cuantificable del sentir político de la ciudadanía respecto a la cuestión que, desde hacía más de un año, estaba planteada en todos los ambientes: la aceptación, o el rechazo, con que seguía contando la monarquía».
Y así lo constató toda la prensa de la época. «Para los monárquicos españoles es cuestión de vida o muerte, porque las elecciones para concejales, aun siendo administrativas, tienen esta vez carácter eminentemente político», escribió el 7 de abril el diario católico de Almería La Independencia. El Diario de Almería titulaba: «Dos frentes: ¡Monárquicos o antimonárquicos!». Y así lo reconocían los políticos de todas las tendencias. El monárquico José María Gil Robles decía en un mitin en Torrelavega: «Aunque estas elecciones son de tipo administrativo lo que está en cuestión es el tipo de régimen». Y así lo reconocía el propio Gobierno. El conde de Romanones comentó: «Lo que se va a ventilar el domingo no es el triunfo de tal o cual nombre, sino el porvenir de España y de la Monarquía, porque sería un espanto el triunfo de la candidatura republicana en Madrid». Y, por supuesto, los republicanos y los socialistas. Manuel Azaña declaró: «Considero, como todo el mundo, que las elecciones municipales tendrán el valor de un plebiscito nacional». Por su parte el editorial de El Socialista decía: «La lucha está entablada entre la Monarquía y la República».
Los partidos monárquicos, que presentaron candidaturas unitarias (los «constitucionalistas» no se sumaron, al formar parte de ellas los monárquicos autoritarios de la Unión Monárquica Nacional, UMN) estaban tan convencidos de que lograrían la victoria recurriendo a los viejos métodos fraudulentos de la Restauración que prácticamente no hicieron campaña electoral —Ramiro de Maeztu lamentó que se hubieran «visto diez carteles republicanos por uno monárquico»—. En realidad solo la UMN defendió la necesidad de salir a la calle para movilizar a los partidarios de la monarquía: «Hay que llenar Madrid de candidaturas monárquicas. Hay que recorrer las barriadas obreras casa por casa y explicar a los electores en qué consiste la ficción republicana». El gobierno, por el mismo motivo que los partidos del turno, también confiaba en el triunfo de las candidaturas monárquicas. Los informes que recibía de los gobernadores civiles así se lo aseguraban. Se perderían las elecciones en algunas capitales por poca diferencia, pero «podía darse por seguro que en la mayoría de ellas, y en España en general, se ganarían».
Carmelo Romero Salvador ha cuestionado la idea de que los monárquicos prácticamente no hicieron campaña electoral porque «la propaganda no solo queda reducida a los mítines y a la palabra en público. Aparte de los resortes y de la influencia que la posesión y el ejercicio del poder por sí mismo proporcionan, el número de periódicos de tendencia monárquica era, en todas las provincias, notablemente superior al proclive a la causa republicana y, en general, de bastante mayor tirada». Además, los monárquicos contaron con el firme apoyo de la jerarquía católica. El cardenal Pedro Segura, amigo personal de Alfonso XIII, pidió expresamente el voto para las candidaturas monárquicas porque no hacerlo supondría una «traición para con la Religión y con la Patria». Lo mismo hizo el obispo de Vitoria, Mateo Múgica, quien advirtió que ningún católico podía votar a un partido político «que en sus programas, en sus periódicos, en sus meetings contenga y consigne doctrinas anticatólicas, ataques a los sagrados derechos de la Iglesia y a sus santas instituciones».