thumb|100px|Distintivo de patrón de embarcaciones de recreo. miniaturadeimagen|Embarcaciones de recreo y deportivas. Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER) es un título náutico que autoriza a gobernar embarcaciones de recreo bajo pabellón español. Las condiciones que regulan las titulaciones náuticas de embarcaciones de recreo pertenecen a la Dirección General de la Marina Mercante (DGMM), dependiente del Ministerio de Fomento de España. No obstante, las comunidades autónomas tienen delegadas las competencias en la expedición de este título.

Atribuciones

Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta quince metros de eslora,A partir del 11 de enero de 2015 se ampliarán a quince metros de eslora (Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo) para la navegación que se efectúe en la zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 12 millas, así como la navegación interinsular en los archipiélagos balear y canario. Podrán gobernar motos náuticas sin límite de potencia.

Si se realizan las prácticas de vela, también se podrán gobernar embarcaciones de recreo a vela.

Si se realizan las prácticas de navegación, se podrán gobernar embarcaciones de recreo de hasta 24 metros de eslora, así como navegar entre Península Ibérica e Islas Baleares.A partir del 11 de enero de 2015, la práctica reglamentaria de navegación de veinticuatro horas en travesía habilitará para hacer la navegación entre Península-Baleares (Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo)

Requisitos para su obtención miniaturadeimagen|Embarcaciones de recreo amarradas en el "Puerto Deportivo Las Fuentes" de Alcossebre.

Modo normal

Haber cumplido dieciocho años de edad. Superar un reconocimiento médico en centro homologado (los mismos que para carnet de conducir). En el caso de aportar un reconocimiento para permiso de conducir vehículos terrestres a motor, (siempre que no hayan pasado más de dos años de su realización), se deberá aportar revisión de visión ocular en centro homologado a los efectos de diferenciar los colores, especialmente el rojo y verde. Aprobar un examen teórico. Realizar las prácticas básicas de seguridad y de navegación de al menos dieciséis horas, en forma de singladura en varios días, como máximo se podrá navegar ocho horas cada día. Efectuar unas prácticas reglamentarias de radiocomunicaciones, sistema SMSSM, cuya duración no podrá ser inferior a dos horas, que se realizarán en aula, en un simulador homologado de una escuela autorizada. Realizar unas prácticas de navegación a vela (sólo en el caso de la modalidad motor y vela), la duración no podrá ser inferior a 16 horas y se realizarán en régimen de singladura en una embarcación de una escuela legalmente autorizada. Estas prácticas son comunes a todas las titulaciones de recreo y solo será necesario realizarlas una única vez. Realización de la práctica reglamentaria de navegación de 24h de duración en régimen de travesía, esta práctica habilita el gobierno de embarcaciones hasta los 24 m de eslora y el cruce península islas Baleares. Esta práctica se puede realizar en combinación con la práctica de vela teniendo entonces una duración de cuarenta y ocho horas en régimen de travesía. Solicitar la expedición del título.Jordana, Alfonso (2008): El libro del PER: patrón de embarcaciones de recreo (pags 4 y 5). Ciudad de México: Avante, 2008. ISBN 9788461256310.

Modo alternativo

miniaturadeimagen| Embarcaciones de Recreo.Por convalidación a partir de un título marítimo-pesquero con mayores atribuciones.

Contenido del examen teórico tipo test El examen tendrá una duración máxima de una hora y media. Temas Preguntas Máximo fallos Nomenclatura Náutica 4 Elementos de amarre y fondeo 2 Seguridad en la Mar 4 Navegación:Carta náutica 4 Máximo 2 fallos Maniobra 2 Emergencias en el mar 3 Meteorología 4 Reglamento RIPA 10 Máximo 5 fallos Balizamiento 5 Máximo 2 fallos Legislación 2 Teoría de la navegación 5 Total 45 Máximo errores totales: 13

Las prácticas para obtener la habilitación a vela se realizarán una sola vez, y tendrán validez para acceder a cualquiera de los títulos de capitán de yate, patrón de yate y patrón de embarcaciones de recreo. Su duración no será inferior a dieciséis horas cuando se realicen de forma individual. Los títulos no tienen caducidad, no obstante las tarjetas (documento tipo carnet) tendrán un período de validez de diez años. Transcurridos los mismos deberán renovarse.

Véase también Timonel Navegación de recreo o deportiva

Referencias

Enlaces externos

Patrón de Embarcaciones Recreo (Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible) Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo Resolución de 1 de marzo de 1999, de la Dirección General de la Marina Mercante, sobre uso de uniformes por el personal titulado para el manejo de las embarcaciones de recreo

Categoría:Educación náutica de recreo Categoría:Marinos por tipo