Una revocatoria de mandato, revocación de mandato, referéndum revocatorio o elecciones revocatorias es un procedimiento legal mediante el cual los votantes pueden determinar la permanencia o no de una persona en un cargo electo por voto popular, ya sea por votación directa, recolección de firmas o una combinación de ambas.
A través de este procedimiento los ciudadanos mandantes pueden dar por terminado el mandato que le han conferido a una autoridad electa, como presidente, un representante de distrito ante una asamblea legislativa, un gobernador o alcalde, cuyo fundamento sería el principio de la libertad política de los ciudadanos de elegir y deponer a sus gobernantes en una democracia representativa. Es un mecanismo de interrupción o término anticipado del mandato establecido bajo elección popular, siempre y cuando se cumplan con los requisitos referidos en las normativas de cada país.
Origen
La revocatoria tiene una historia que se remonta a la antigua democracia ateniense y aparece en varias constituciones contemporáneas. En la democracia indirecta o representativa, los representantes y gobernantes de las personas son elegidos por los ciudadanos y estos representan o gobiernan por un período específico de tiempo. Pero si se llega a percibir que un funcionario electo no está cumpliendo adecuadamente sus propuestas electorales o responsabilidades del cargo, se lo puede destituir con el acuerdo de una cantidad o proporción específica de votantes o firmas, usualmente la mayoría absoluta de los ciudadanos.
Legislación por país
Argentina La República Argentina no lo prevé en su Constitución Nacional, pero sí lo hacen las provincias de Chaco (introducido en 1957), Chubut (1994), Córdoba (1923 y 1987), Corrientes (1960), La Rioja (1986), Río Negro (1988), Santiago del Estero y Tierra del Fuego (ambas en 1991). Otras provincias lo regulan a nivel municipal, como Entre Ríos (1933), Neuquén (1957), Misiones (1958), San Juan (1986) y San Luis (1987). Desde 1996 también lo regula la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Bolivia En Bolivia se incorpora en su Constitución del 2009 la revocatoria de mandato, donde son revocables toda autoridad electa mediante el voto universal, y así lo sostiene el artículo 240, que dice: En ésta se prevé la revocatoria del mandato para todas las autoridades de elección popular, incluyendo el presidente de la República.
Canadá En Canadá fue establecido en 1995 por la provincia de Columbia Británica.
Colombia Está establecida en la ley 134 de 1994, como uno de los 7 mecanismos de participación ciudadana.
Ecuador Ecuador, en la Constitución de 2008, se suma a Venezuela; es así que en el artículo 105, determina la siguiente:
Estados Unidos En los Estados Unidos de América, varios estados, condados y ciudades (towns) incluyen disposiciones sobre este mecanismo en sus constituciones, pero a nivel federal no es utilizado. En ese sentido, el primer caso de un funcionario separado de su cargo mediante revocatoria fue el del alcalde de Seattle Hiram Gill en 1911. A continuación, siguieron la misma suerte el alcalde de Boise, Jeremiah Robinson, en 1916; y el gobernador de Dakota del Norte, Lynn Frazier, en 1921. El último caso registrado, fue la remoción del gobernador de California Gray Davis en 2003.
México No fue hasta 2019 en México cuando se consideró la revocación de mandato a nivel federal.
A nivel local Yucatán fue el primero en introducir la revocación en 1938; no obstante, el mecanismo nunca procedió y setenta y dos años después, en 2010, fue declarado inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. El caso de Chihuahua fue parecido ya que se introdujo en 1997 y fue declarado inconstitucional en 2012.
Sin embargo, aun con aquellos precedentes fue integrado a las legislaciones locales de los estados de Zacatecas en 1998, Oaxaca en 2011, Morelos en 2013, Guerrero en 2014, Aguascalientes en 2014 y Nuevo León (2016).
En México se promulgó la Ley Federal de Revocación de Mandato, el 14 de septiembre de 2021, reglamentaria de la fracción IX del artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuyo fin es regular un instrumento de participación ciudadana para posibilitar la revocación de mandato para la figura del presidente de México.
En México se modifica la ley Federal de Revocación de Mandato con la declaratoria de invalidez de los artículos 59 y 61, por sentencia de la SCJN notificada al Congreso de la Unión para efectos legales el 04-02-2022 y publicada en el DOF 26-09-2022, surtió sus efectos a partir del 15 de diciembre de 2022.
Suiza En Suiza, se encuentra previsto en los estatutos de seis cantones ―Berna (desde 1846), Soleura y Turgovia (desde 1869), Schaffhausen (desde 1872), Ticino (desde 1892), y Uri (desde 1988)―; aunque a nivel federal no está contemplado. La posibilidad de referendos revocatorios de mandatos (junto con la elección popular de los ejecutivos, la iniciativa y el referéndum legislativo) se introdujo en varias constituciones cantonales después de la década de 1860 en el curso de un amplio movimiento de reforma democrática. El instrumento no ha sido de ninguna importancia práctica ―con la excepción de una experiencia en la ciudad de Aarau durante el , los pocos intentos de recuperación hasta el momento han fracasado, por lo general debido a que el número requerido de firmas no se recogió― y fue suprimido en el curso de las revisiones constitucionales en Argovia (1980), Basilea (1984) y Lucerna (2007)
Venezuela En Venezuela lo prevé en el artículo 72 de su Constitución, el cual prescribe: Así, el presidente Hugo Chávez se sometió al referéndum presidencial, que lo ratificó en su cargo en los comicios del 15 de agosto de 2004.
Naturaleza jurídica
La revocatoria del mandato es un mecanismo democrático, que permite a la ciudadanía remover a una autoridad electa antes del final del período establecido. Puede ser directa, cuando la ciudadanía la activa mediante recolección de firmas, o indirecta, cuando el voto es convocado o activado por un porcentaje de un consejo deliberante o cuerpo legislativo para consultar o ratificar una decisión tomada por esta institución
Según el jurista argentino Héctor Rodolfo Orlandi,
Igualmente, se considera que la revocatoria de mandato es un instrumento de control popular. Converge a hacer efectiva la legitimidad de origen, como dependiente de la forma y manera en que los gobernantes y representantes populares acceden al poder, y permanecen en él, de acuerdo a la ley.
La elección de destitución, al igual que las prohibiciones y restricciones constitucionales a la reelección de los gobernantes, no implica proscripción ni impedimentos violatorios de tratados internacionales en materia política.
Diseño jurídico
Combinando elementos de un proceso de iniciativa popular y de un proceso normal de elección de un candidato, el referéndum de revocatoria comienza cuando una moción de revocatoria es presentada ante la correspondiente administración. A continuación, se solicita a los proponentes reunir un determinado número de firmas de apoyo a la medida de revocatoria. Normalmente, el número de firmas necesarias será una proporción de los votos emitidos en la última elección ordinaria para el cargo del funcionario que es objeto de la revocatoria. Si, y solo si, la petición de revocatoria adquiere el número suficiente de firmas válidas, el cuestionamiento se pone a consideración de los electores para determinar en primer término, si el funcionario en cuestión debe ser revocado y, en segundo lugar, quién debería sustituir al mismo si la medida es aprobada.
Cuando la constitución de un país o un estado prevén la utilización de un mecanismo de revocatoria, se deberán especificar importantes disposiciones legales que puedan ser aplicados a los funcionarios electos. Solo en Venezuela el mecanismo de revocatoria se aplica al jefe de Estado electo. Sin embargo, en la mayoría de estados de Estados Unidos de América, el mecanismo de revocatoria se puede utilizar para revocar el cargo de todos los funcionarios electos del estado, desde funcionarios de condado y locales hasta el cargo de gobernador. Los jueces también pueden ser objeto de campañas de revocatoria. En algunos estados, algunos de los cargos de funcionarios electos, como en el caso de los oficiales administrativos, también se puede revocar.
En algunos lugares que han adoptado el mecanismo de revocatoria, los funcionarios solo pueden ser revocados solo si, se puede demostrar que han actuado de forma inadecuada ―por ejemplo, el estado de Minnesota, ante la comisión de graves ilícitos u omisiones durante el periodo de ocupación del cargo de un funcionario electo―. En otros, no se requiere una base legal de conducta impropia o incompetente, por lo que el hecho de contar con el número suficiente de firmas es suficiente para forzar una votación de revocatoria.
Por caso, en la teoría política corriente en el ámbito hispanoamericano se consideran las siguientes circunstancias como causas que justifican la solicitud por el electorado de la convocatoria de una consulta popular de revocatoria: Voto programático. Actos de corrupción. Violación de derechos humanos. Pérdida de legitimidad.
El número de firmas necesarias para celebrar una revocatoria tiene un efecto claramente significativo en la probabilidad de llevarse a cabo; entre menor sea el número requerido de firmas, mayor posibilidad de que se lleve a cabo una votación para saber si un funcionario deba ser revocado de su cargo. En la revocatoria de 2003 en California, los proponentes de la misma debieron reunir en un período de 160 días las firmas del 12 % de la votación obtenida para gobernador en la última elección. Mientras otros Estados exigen el 25 % de los votantes para apoyar la revocatoria, el umbral del 12 % de California es el más bajo de los Estados Unidos de América.
Verificación de firmas
Al igual que con el mecanismo de las iniciativas ciudadanas, la obligación para reunir un determinado número de firmas con el fin de celebrar una votación crea la necesidad de recolectar y verificar las mismas. Las firmas solo son válidas si son obtenidas de las personas que están registradas para votar en la jurisdicción del funcionario que es objeto de la revocación. La verificación de firmas es llevada a cabo por la oficina que administra la iniciativa de revocatoria. La importancia del proceso de recolección y verificación de firmas quedó demostrada por el alto perfil de la iniciativa de revocatoria del Presidente Hugo Chávez en Venezuela, donde el Consejo Nacional Electoral dictaminó inicialmente que un gran número de firmas recogidas por los proponentes de la revocatoria fueron inelegibles.
Reemplazo del funcionario revocado
El instituto de revocatoria tiene como principal efecto la remoción del cargo del funcionario revocado. Ahora bien, su reemplazo puede operar de dos formas jurídicas: mediante la sustitución por el funcionario previsto legalmente en caso de acefaliaAl igual que las demás palabras que terminan en -cefalia ―que forma sustantivos femeninos para designar cualidades o estados relacionados con la cabeza: «hidrocefalia» (‘dilatación anormal del encéfalo’) o «macrocefalia» (‘tamaño excesivo de la cabeza’)―, la palabra «acefalia» tiene diptongo (no hiato).Véase el artículo El Diccionario de la Real Academia Española admite también el término «acefalía», y en la legislación argentina, por ejemplo, sólo se admite el término en su forma con hiato, es decir, "Acefalía". o vacancia ―el vicegobernador reemplaza al gobernador en caso de ausencia definitiva―; o por la elección de un reemplazo de acuerdo al procedimiento de acefalia absoluta.