La provincia de Quito o bien gobernación de Quito o también como Presidencia de Quito, aunque abarcaba un territorio jurídico mayor correspondiente a su Real Audiencia, entidad territorial política del nuevo continente, inicialmente parte del Virreinato del Perú y posteriormente del Virreinato de Santafé.
A comienzos de la colonización española, fue una tenencia de gobierno de la gobernación de Nueva Castilla; luego de las guerras civiles entre conquistadores, con la consiguiente unificación de facto del Perú por Diego de Almagro el Mozo, fue elevada a gobernación en 1540; posteriormente, subordinada al recién creado Virreinato del Perú desde 1542; y, finalmente, dependiente del Virreinato de Nueva Granada, entre 1717 a 1723, y desde 1739 hasta la independencia.
Después fue establecida como presidencia-gobernación por la Monarquía Hispánica, desde 1563 hasta 1717 y luego desde 1723 a 1822. Su gobierno político administrativo abarcaba menos regiones que la jurisdicción de la Real Audiencia de Quito que era más amplia, englobando jurídicamente a otras provincias o parte de ellas.
La mayor proporcionalidad territorial de la Provincia de Quito abarcó en su mayor expresión geográfica todas las cuencas bajas y altas del río Amazonas en las vías terrestres y fluviales, hasta su desembocadura en los extremos norcostaneros de la actual América del Sur entre los océanos Pacífico y Atlántico, lo que originalmente la convierte en una jurisdicción de dimensiones superficiales bitransoceánicas ecuatoriales, es decir, entre el compartimento del cruce terrestre de dos océanos y la ubicación de la Línea Ecuatorial.
El primer presidente-gobernador fue Hernando de Santillán y Figueroa quien fuera nombrado el 27 de septiembre de 1563. La inauguración de la Real Audiencia de Quito se hizo recién el 18 de septiembre de 1564, y a partir de ese momento, el presidente asumió el cargo de gobernador de Quito.
La gobernación de Quito o Provincia de Quito fue el antecedente jurídico integral desde 1540 que conformaría al territorio de la presidencia homónima, y dentro de la misma fue erigida desde 1548 el homónimo corregimiento de Quito. El resto de divisiones territoriales internas eran tenencias de gobierno o corregimientos como los de Esmeraldas, Guayaquil, Puerto Viejo, Caráquez, Macas, Quijos, Sumaco y la Canela, Yaguarsongo y Bracamoros.
Otras ciudades como las de Buga, Popayán, Cali y Pasto, eran integrantes de la vecina gobernación de Popayán, que fueron separadas de la jurisdicción de la Real Audiencia de Santafé de Bogotá y agregadas a la nueva audiencia quiteña.
Hasta 1707 todos los presidentes de Quito habían sido togados, es decir letrados, pero en ese año fue nombrado presidente el militar Juan de Sosaya, quien recibió también el título de capitán general, aunque de manera honorífica ya que su jurisdicción continuó bajo la inmediata dependencia militar del virrey del Perú. A partir de entonces sus sucesores continuaron recibiendo el mismo título y desde 1776 el presidente asumió también el nuevo cargo de regente, a diferencia de otras audiencias en donde ambos cargos eran desempeñados por funcionarios distintos.Cervatual
Los territorios de la Provincia de Quito pasaron en 1822 a integrar a la Gran Colombia creada por Simón Bolívar, bajo el nombre de Distrito del Sur (según la Ley de División Territorial de 1824). Tras su disolución en 1830, estos se convirtieron en el núcleo de la actual República del Ecuador.
Antecedentes
Durante los primeros años de la colonización española en Sudamérica, se procedió a la fundación de las ciudades de Quito, Guayaquil, Portoviejo y Cuenca.
Gil Ramírez Dávalos fue nombrado por el virrey peruano Andrés Hurtado de Mendoza, como gobernador de Quito el 9 de septiembre de 1556. También el 15 de septiembre fue nombrado gobernador de Quijos, Sumaco y La Canela.
Se declaró que, al ser gobernaciones, estos territorios estarían ligados judicialmente al Virreinato del Perú. Debido a la distancia que las separaba de Lima (sede del virreinato) resultaba imposible concurrir hasta allí por la falta de vías de comunicación y medios de transporte. Por esta razón y tomando en cuenta el rápido progreso y el considerable aumento de la población de la ciudad de Quito (en el año 1560 la ciudad contaba con 1200 habitantes). El Cabildo de San Francisco de Quito solicitó al rey de España la creación de la "Audiencia y Presidencia de Quito". El rey Felipe II, aceptando el pedido, creó la Audiencia y Presidencia, mediante la Real Cédula del 29 de agosto de 1563.
Organización y límites 270px|thumb|Mapa de la Real Audiencia de Quito hacia 1707 en el establecimiento de la casa de Borbón en la Monarquía Española. right|thumb|270px|Mapa de la Audiencia de Quito (1740), según el Padre Juan Magnin Misionero de la Compañía de Jesús. miniaturadeimagen|270x270px|Mapa físico-político de la República de la Gran Colombia que muestra el relieve e hidrografía del país, así como la subdivisión en los 12 departamentos creados en 1824 y los territorios en disputa con los países vecinos. miniaturadeimagen|270x270px|Provincia de Quitensis 1751 La Real Audiencia y Cancillería ejercía jurisdicción ordinaria sobre los territorios que pertenecían a la provincia de Quito. Poseía un Presidente letrado que era, a su vez, miembro del tribunal, subordinado al superior gobierno ejercido por el virrey del Perú.
En 1565 fueron establecidos los corregimientos de indios, bajo la dependencia (en grado de apelación) de los corregimientos de españoles. Del Corregimiento de Quito (que había sucedido a la gobernación) dependían hacia 1620 los corregimientos de indios de: Riobamba, Otavalo, Chymbo y La Facunda, Payta, Guayaquil, Jaén, Cuenca, Loja y Zamora.
Hacia 1789 la división territorial era la siguiente:
20px Gobierno de Quito, a cargo del Presidente de la Real Audiencia. 20px Gobierno de Popayán, la Villas de Cartago, Anserma, Caloto y Toro estaban en la jurisdicción de la Audiencia de Santafé. 15px Corregimiento de Pasto 15px Corregimiento de Barbacoas con sede en Santiago de Cali; a su cargo estaban las siguientes ciudades con Cabildo: 15px Tenencia de Buga. Tenencia de Almaguer Tenencia de Buenaventura. 20px Gobierno de Cuenca 20px Gobierno de Jaén de Bracamoros Gobierno de Maynas 20px Gobierno de Yaguarsongo 20px Gobierno de Guayaquil (desde 1764); incluían los territorios de Puerto Viejo y La Canoa por el Norte y Tumbez por el lado sur. Gobierno de Quijos, Canelos y Macas Gobierno de Loja
Corregimientos
20px Corregimiento de Quito Gobierno de las Esmeraldas o de Atacames, gobernado por un Teniente de Gobernador de Quito. 20px Alcaldía Mayor de las Bodegas de Caráquez, feudo organización creada desde 1616, dependiente de la voluntad política de Quito y subordinada territorialmente a Esmeraldas hasta 1768. Corregimiento de San Miguel de Ibarra Corregimiento de Otavalo Corregimiento de Latacunga 20px Corregimiento de Riobamba Corregimiento de Cuenca que expiró en 1777. 20px|border Corregimiento de Guayaquil (expirado hasta el año de 1764). 20px|border Tenencia de Puerto Viejo 25px Tenencia de la isla Puná. Alcaldía Mayor de las Bodegas de Yaguachi Alcaldía Mayor de las Bodegas de Naranjal Alcaldía Mayor de las Bodegas de Babahoyo Alcaldía Mayor de las Bodegas de Baba Corregimiento de Chimbo o Guaranga 20px Corregimiento de Loja
La Presidencia de Quito estuvo subordinada al superior gobierno del Virreinato del Perú (1563-1717) y (1723-1739). Posteriormente al del Virreinato de Nueva Granada, cuando se creó (1717-1723) y cuando fue recreado (1739-1822).
En 1783 con la parte norte del territorio de la Presidencia de Quito se creó la Intendencia de Quito y en 1786 con la sección sur se formó la Intendencia de Cuenca. Ambas estaban bajo la dependencia del virrey en cuanto al ramo de hacienda, ya que este era el superintendente subdelegado de Real Hacienda del Virreinato de Nueva Granada.Manual de Derecho Indiano de Antonio Dougnac, Universidad Nacional Autónoma de México. ISBN 968-36-4147-4
Real Cédula de 1563
thumb|Felipe II de España.
La Recopilación de Leyes de Indias de 1680, en Ley X (Audiencia y Chancillería Real de San Francisco del Quito) del Título XV (De las Audiencias y Chancillerías Reales de las Indias) del Libro II, recoge los límites asignados a esta Audiencia, provenientes de la Real Cédula dictada por el rey Felipe II en la ciudad de Guadalajara el 29 de agosto de 1563:
Real cédula de 1717
La Corona española se encontraba en guerra en Europa, en sus propósitos de recuperar sus dominios italianos; en ese contexto procedió a modificar su sistema administrativo en América. El rey Felipe V de España expidió en Segovia (España) una Cédula real el 25 de mayo de 1717, obedecida en Quito el 28 de octubre de 1718, mediante la cual suprimió las Audiencias de Quito y de Panamá (Tierra Firme) y agregó sus territorios a la jurisdicción de la Santa Fe y al Virreinato de Nueva Granada, así mismo le anexó la provincia de Venezuela, separada de la Real Audiencia de Santo Domingo.
Real cédula de 1720
El Rey de España emitió la real cédula del 29 de abril de 1720, por el que se ordenaba que el distrito quiteño volviera a reintegrarse con el Virreinato del Perú y que su Audiencia fuera restablecida sin dependencia de la Real Audiencia de Santafé de Bogotá, tras discusiones en la Real Hacienda de Quito, referido a la pregunta de cual centro de poder (Lima o Santa Fe de Bogotá) convenía mejor a los entes territoriales de la Provincia de Quito. Entre los quiteños, y sobre todo los guayaquileños, hubo un partido peruanófilo que proponía que sus provincias estuvieran bajo la jurisdicción de Lima por su fácil accesibilidad al mar y mayor comunicación con sus pueblos (debido a las redes de intercambio comercial y cultural con el Norte Peruano, como Piura o Cajamarca), en contra de la idoneidad de la jurisdicción de Bogotá, que se encontraba al interior de los picos andinos, alejada de los centros de poder quiteño, y cuyos pobladores no tenían un sentimiento de afinidad tan grande con los neogranadinos, en contraste con los peruanos.http://www.scielo.org.co/pdf/frh/v22n1/2027-4688-frh-22-01-00200.pdf
Real cédula de 1723
Terminada la guerra con la Cuádruple Alianza, el rey Felipe V de España emitió otra Cédula Real el 5 de noviembre de 1723, con la que se devuelve a la Real Audiencia de Quito sus anteriores derechos, en vista de haber quedado suprimido temporalmente al Virreinato de Nueva Granada. Por esta misma Cédula se le concede a la Audiencia de Quito cierta dependencia en el orden administrativo, económico y judicial, con respecto al Virreinato del Perú, a la cual quedó incorporada hasta el año 1739, haciéndose hincapié que se mantenía la Presidencia de Quito con los anteriores límites otorgados en la Cédula Real de 1563.
Real cédula de 1739
Por mandato real, la audiencia de Quito fue incorporada nuevamente al Virreinato de Nueva Granada el 20 de agosto de 1739. Para entonces, el rey Felipe V de España firmó en San Ildefonso, la cédula de reinstalación definitiva del Virreinato de Nueva Granada, integrándola además de sus territorios propios, con las jurisdicciones de la Real Audiencia de Quito y las provincias de Tierra Firme y de Venezuela. Es decir se vuelve a suscitar un hecho similar a lo acontecido con aquella medida que invocó la cédula de 1717. En el texto de esta real cédula se mencionó además que permanecen y subsisten las Audiencias de Panamá y Quito como están.
Real cédula de 1740 thumb|250px|Felipe V de España.
El rey Felipe V expidió en el año 1740 la Cédula Real que fijó los límites entre la Audiencia de Quito y la Real Audiencia de Lima.